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EL VISADO DE TURISTA A ESPAÑA

  • Por Carolina Malale Molico
  • 23 nov, 2022

¿Quieres viajar a España por un periodo corto? 

Entonces lo más probable es que necesites el visado de corta duración (Schengen), conocido popularmente como Visado de turista.

¿Qué es exactamente un visado de turista?

El visado Schengen de corta duración es aquel que necesitan los ciudadanos de países de fuera de la Unión Europea para entrar y visitar cualquiera de los países de esta región durante un periodo no superior a 90 días.

Cuando se solicita este visado se debe elegir un destino principal entre los 26 países del espacio Schengen y solicitar el visado a ese país. Una vez obtenido, con ese mismo visado se puede entrar con libertad a cualquiera de los países de la zona Schengen, ya que estos 26 países comparten una política de fronteras comunes que permite viajar libremente dentro de la Unión Europea.

España ha suscrito acuerdos con determinados países que permite a sus ciudadanos viajar a España sin necesidad de solicitar previamente un visado de turista. En estos casos, solo se debe demostrar que se cumplen los requisitos y rellenar un modelo. Este es, sin duda, un trámite más rápido y menos complicado que el visado de turista.

Este visado no permite trabajar ni residir en España tras su vencimiento  

¿Dónde y cuándo solicitarlo?

El visado de turista debe solicitarse desde el país de origen dentro de los seis meses anteriores al comienzo del viaje previsto y con al menos 15 días con respecto a la fecha prevista de viaje.

Conociendo la poca celeridad de la Administración Consular española, es recomendable presentar la solicitud con bastante antelación para evitar inconvenientes.

La solicitud de visado se debe presentar en la Embajada o Consulado de España, o en su caso, en ante un agencia que actúe como proveedor de servicios externos. En Guinea Ecuatorial, los visados de turista se solicitan en BLS International, excepto una categoría de personas que deben obligatoriamente solicitarlo en la Embajada o Consulado.

Cada embajada o consulado tiene su propia demarcación y es imperativo solicitar el visado en la demarcación consular a la que se corresponde.

El plazo general de tramitación de este visado es de 15 días naturales. Sin embargo, el plazo puede ser superior, suele y cuando no se exceda de los 45 días.

¿Cuáles son los requisitos?

Los visados de turista se pueden clasificar en muchas categorías: visado general, visado de menores de edad, visado de estudios, visado médico, visita familiar, viaje de negocios y visado para participar en actividades o acontecimientos.

Primero se ha de analizar cada caso para decidir qué visado es el que se debe solicitar. Una vez elegido se han de reunir  primero los requisitos generales, que son comunes a todos los visados, y luego los requisitos particulares, que corresponden únicamente al visado elegido.



REQUISITOS GENERALES

  • Formulario de solicitud de visado Schengen debidamente cumplimentado.
  • Fotografía actual a color, tamaño pasaporte, de frente, fondo blanco.
  • Pasaporte original con una validez que supere la estancia en 3 meses y copia. El pasaporte deberá entregarse al realizar el trámite, quedando bajo custodia de la Embajada hasta la resolución de la solicitud de visado.
  • Para los ciudadanos no nacionales del país en el que solicitan el visado, se necesita justificación de la residencia legal vigente.
  • Documentos que justifiquen el motivo del viaje.
  • Documentos justificativos del alojamiento durante su estancia. Se aceptarán, entre otros: Reserva de hotel, contrato de alquiler, carta de invitación expedida por una Comisaría de Policía, en caso de ser invitado por un particular.
  • Reserva de vuelo (ida y vuelta).
  • Seguro de viaje por el tiempo que se desea estar en España.
  • Documentos que demuestren que el solicitante dispone de medios de subsistencia suficientes para la totalidad de la estancia prevista y para el regreso al país de origen. El mínimo legalmente establecido es de 96,5€ (63.000 Francos CFA) por persona y día, con un mínimo de 868,5€ (568.000 Francos CFA) independientemente de la duración de la estancia.
  • Documentos que prueben que el solicitante tiene la intención de abandonar el territorio del Espacio Schengen antes de la expiración del visado.
  • Tasa del visado: De manera general, el solicitante abonará una tasa de visado de 80€ (52.000 Francos CFA). Para los menores de 12 años la tasa tiene un importe inferior. Los menores de 6 años y otras categorías quedan excluidos del pago de la tasa.
  • Cuando las solicitudes se hacen a través de proveedores externos, como BLS, este aplicará una tasa por sus servicios. En Guinea Ecuatorial esa tasa es de 15,45€ (10.135 Francos CFA). Este proveedor ofrece otros servicios cuya contratación tiene un carácter exclusivamente voluntario, y así lo advierte la embajada. En la práctica, al menos en Guinea Ecuatorial, la contratación de estos servicios se impone y se cobran cantidades abusivas a los ciudadanos o el personal de la agencia se niega a aceptar la solicitud. Por lo que se ha de prever para esta "tasa" un importe muy superior al real, el cual tampoco puedo determinar por la arbitrariedad de su gestión.

REQUISITOS PARTICULARES

Visado de menores de edad

  • Acta de nacimiento
  • Autorización de los tutores

Visado de estudios

  • Prueba de la admisión para la actividad de estudios, formación, voluntariado o prácticas.

Visado médico

  • Cita para diagnóstico o tratamiento con un doctor en medicina colegiado en España.

Visita familiar

  • Acreditación del parentesco entre el solicitante de visado y la persona invitante.

Viaje de negocios

  • Carta de invitación de la empresa invitante legalmente establecida en España en la que se explique detalladamente el período por el que invita, el motivo de la invitación y la actividad que realiza.
  • Acreditación de las relaciones comerciales con la empresa invitante.

Visado para participar en actividades o acontecimientos.

  • Carta del organismo español que invita.
  • Carta del organismo o institución del país al que pertenece el solicitante del visado.


¿Durante cuánto tiempo puedo permanecer en España con un visado de turista?

El visado de turista permite permanecer en España hasta un máximo de 90 días en un período de seis meses (180 días) a partir de la primera fecha de entrada en el territorio de los Estados Schengen.

Al solicitar el visado se deberá especificar la duración del viaje, que coincidirá con la duración del visado.

Si la persona desea prolongar su estancia tras el vencimiento del visado debe salir de España y solicitar otro visado de turista o bien solicitar desde España un permiso de residencia.

La ley prevé la posibilidad de ampliar el visado de turista en los siguen casos:

  • Si la entrada al espacio Schengen se realiza de forma tardía.
  • Si la prórroga permite seguir recibiendo algún tipo de tratamiento médico o dar apoyo a un familiar que esté pasando por una situación complicada.
  • Razones personales de gran importancia.

La prórroga se solicita dentro de España y se puede permanecer en el país hasta obtener la resolución. Si la prórroga es denegada se debe abandonar el país en dos días.


Recomendación

Los visados de turista tienen una alta tasa de denegación. Obtener tu visado depende en gran medida de  presentar la documentación correcta y de manera correcta. Los requisitos citados son los indispensables. Sin embargo, es recomendable recurrir a un asesor especializado en la materia para recibir una mejor orientación. Los asesores migratorios conocen el día a día de la Administración y  con su ayuda tienes muchas más posibilidades de obtener el visado a la primera.

En CES GESTIONES proporcionamos asesoramiento presencial y telemático a nuestros clientes. Analizamos cada caso y definimos la estrategia a seguir y los documentos que garantizarán la concesión del visado.
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Por Carolina Malale 6 de diciembre de 2022
CAUSAS DE DENEGACIÓN DEL VISADO DE TURISTA A ESPAÑA
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